¿En qué consiste la protección temporal para ucranianos en España?

¿En qué consiste la protección temporal para ucranianos en España?

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.

 

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.

Material informativo editado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España recuerda que "los ucranianos con pasaporte biométrico no necesitan visado para entrar en el espacio Schengen". Sin embargo, los nacionales de Ucrania que no porten pasaporte biométrico o documentos de viaje, pueden dirigirse a una oficina consular de un país limítrofe con Ucrania (por ejemplo, Polonia, Rumanía, Hungría) para que se estudie su situación.

Los desplazados ucranianos con protección temporal en España recibirán un permiso de residencia y trabajo. También tendrán acceso a educación y formación profesional, ayudas sociales, alojamiento y atención médica. Además, si no tienen familiares que puedan recibirlos, podrán optar por una plaza de acogida en los centros del Ministerio de Inclusión, de una veintena de ONGs o en los de las Comunidades Autónomas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 10 de marzo de 2022 recoge las órdenes ministeriales que determinan quiénes podrán obtener la protección temporal en España, por la invasión de Ucrania; y cómo será el proceso para tramitar estas solicitudes.

La persona afectada debe hacer la solicitud ante un funcionario de policía en los centros de acogida o en comisarías designadas, donde les tomarán las huellas y les asignarán un NIE. Según la orden, las oficinas de asilo deberán tramitar estos expedientes de forma urgente y resolverlos en un máximo de 24 horas.

El ámbito de aplicación de la protección temporal incluye a las personas desplazadas desde Ucrania desde el 24 de febrero de 2022 en adelante, como consecuencia de la invasión militar por parte de las fuerzas armadas rusas que comenzó en dicha fecha. A saber: ucranianos que residieran en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022 y sus familias; así como a los apátridas y nacionales de terceros países distintos de Ucrania que gozaran de protección internacional o de una protección nacional equivalente en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022.

En España, también podrán beneficiarse de la protección temporal las siguientes personas:

  1. Nacionales ucranianos que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  2. Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.
  3. Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  4. Miembros de las familias de las personas a que se refiere los apartados 1 y 2 en los siguientes términos:
  5. al cónyuge o su pareja de hecho;
  6. a sus hijos menores solteros o de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o fueran adoptados;
  7. a otros parientes cercanos que vivieran juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias relacionadas con la afluencia masiva de personas desplazadas y que dependieran total o principalmente de ellos.

La orden publicada en el BOE establece que “las medidas contempladas en esta orden serán atendidas con las disponibilidades presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal al servicio del sector público”.

Después de la notificación de la resolución, la protección se prorrogará de forma automática por periodos de un año, hasta que se desactive.

 

María José Flores Ortíz

Alumna en Prácticas

Universidad Católica "Santa Teresa de Jesús" de Ávila

Tutora: Tutora Mirian Degiovani Cristaldo.